Miércoles 15 de enero de 2025
La Corte Suprema de Estados Unidos falló en contra de una ciudadana estadounidense que alegaba que el gobierno había violado sus derechos constitucionales al denegar una visa a su esposo salvadoreño, atribuyendo la decisión a sus tatuajes.
En una votación de seis contra tres, el máximo tribunal determinó que la denegación de visa no infringe los derechos constitucionales de un estadounidense casado con un extranjero.
Sandra Muñoz se casó con el salvadoreño Luis Asencio Cordero en 2010 y años después comenzaron los trámites para obtener su permiso de residencia. Debido a que Asencio Cordero había ingresado ilegalmente a Estados Unidos, tuvo que regresar a El Salvador para presentar su solicitud de visa en un consulado, donde fue sometido a varias entrevistas.
En diciembre de 2015, un funcionario le negó la solicitud, argumentando que había motivos razonables para creer que Asencio Cordero podría participar en actividades delictivas en Estados Unidos. No se proporcionaron detalles específicos.
Asencio Cordero supuso que la denegación se debía a que los funcionarios creían que era miembro de la pandilla MS-13 debido a tatuajes que se hizo cuando era adolescente, como uno de la Virgen de Guadalupe y unas máscaras.
El matrimonio solicitó que el consulado reconsiderara la decisión, pero esta se mantuvo firme. Apelaron al Departamento de Estado, que confirmó la denegación.
Muñoz presentó una demanda exigiendo explicaciones. Un tribunal de circuito falló a su favor, argumentando que las autoridades debían proporcionar una “razón fáctica legítima” en un tiempo razonable.
Sin embargo, este viernes, la Corte Suprema revocó la sentencia del Noveno Circuito.
“Muñoz ha sufrido un perjuicio por la denegación de la solicitud de visa de Asencio Cordero, pero ese perjuicio no le da derecho a participar en su proceso consular”, escribieron los magistrados.
Los jueces explicaron que, aunque el Congreso puede dar prioridad a la unidad familiar de los migrantes, la Constitución no lo exige. Además, siempre ha estado sujeto a restricciones, como la admisibilidad, que consideran temas como la seguridad nacional y la política exterior.
El fallo argumenta que la unidad familiar es “una cuestión de gracia legislativa más que un derecho fundamental”.
La magistrada progresista Sonia Sotomayor discrepa.
“El gobierno no puede desterrar al cónyuge de un ciudadano estadounidense y darle sólo una simple notificación legal como excusa”, escribió.
“Al negar a Muñoz el derecho a una base fáctica para la exclusión de su marido, la mayoría subestima gravemente el derecho al matrimonio en el contexto de la inmigración”, añadió.
Daniel Galindo, abogado de la Unión Estadounidense por las Libertades Civiles (ACLU), también expresó su desacuerdo. Opina que “como mínimo, debería tener derecho a un proceso justo”.